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Mes: abril 2020

El ayuntamiento de Blanca recibirá 50.000€ del Gobierno de España

El Ayuntamiento de Blanca recibirá un total de 50.000 euros destinados a cubrir las necesidades sociales provocadas por la pandemia del virus COVID-19. El crédito extraordinario fue aprobado por el Consejo de Ministros del Gobierno de España en el Real Decreto Ley 8/2020 y distribuirá 9.284.806 de euros entre los municipios de la Región de la Región de Murcia a través de la Comunidad Autónoma.
Los créditos irán destinados a garantizar y reforzar Prestaciones Básicas de Servicios Sociales para llevar a cabo medidas urgentes y extraordinarias que tengan por objeto, exclusivamente, hacer frente a las situaciones extraordinarias derivadas del virus COVID-19. Dicho importe ofrecerá apoyo económico directo a familias; ayudas de emergencias para la adquisición de alimentos, medicamentos y pago de recibos básicos; medidas de apoyo domiciliario para las personas más vulnerables, personas aisladas y discapacitados; y aumento de profesionales de apoyo para la gestión de las prestaciones básicas y nuevas atenciones.
“Se trata de una importante cuantía económica que el Gobierno de la Nación ha repartido entre las entidades locales y que nos permitirá cubrir las necesidades básicas de la población más vulnerable durante la pandemia”, ha señalado el alcalde de Blanca, Pedro Luis Molina.

Nuevas medidas tributarias para empresas, autónomos y vecinos

De conformidad con los establecido en la Disposición adicional 3ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria por el COVID-19 y las competencias atribuidas a la Alcaldía en virtud del Art.21 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y demás normativa concordante, RESUELVO:

PRIMERO.- Acordar la suspensión temporal de la anualidad de las siguientes ocupaciones por haberse interrumpido la actividad:
Tasa 2.10- Art. 7º2 Ocupación de terrenos de uso público con terrazas con mesas y sillas con finalidad lucrativa.

 

SEGUNDO.- Acordar la suspensión temporal del 1º y 2º trimestre de las siguientes ocupaciones por haberse interrumpido la actividad:
Tasa 2.17 Ocupación de puestos y demás dominio público en el Mercado Semanal.

 

TERCERO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie el servicio, de la presentación de autoliquidaciones y cobro de las siguientes prestaciones de servicios por no haberse producido el hecho imponible.
Tasa 2.12 Prestación del servicio del punto de atención a la infancia y escuela infantil.

 

CUARTO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie el servicio de la presentación de autoliquidaciones y cobro de las siguientes prestaciones de servicios por no haberse producido el hecho imponible.
Precio público 3.7 Por prestación del servicio instalaciones deportivas.

 

QUINTO.- Acordar la modificación temporal del 2º y 3º bimestre de las tarifas recogidas en el art. 14º. 2 por prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos comerciales, y en su caso, la aplicación del art. 7º 2.2 de locales comerciales inactivos, a las actividades económicas afectadas por la suspensión de la apertura al público de los locales.
Tasa 2.5 Prestación servicio de gestión de residuos municipales.

 

SEXTO.- Acordar la suspensión temporal del 1º y 2º trimestre o hasta que no se reinicie el servicio, de la contraprestación por las concesiones afectadas por la suspensión de las actividades de hostelería y restauración, y en concreto:
Explotación Cafeteria-Bar Edificio MUCAB.
Explotación Bar del Hogar del Pensionista.
Explotación Cantina Parque Municipal.

 

SÉPTIMO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie la actividad del cobro del canon por la utilización de los servicios del Vivero de Empresas de titularidad municipal.

 

OCTAVO.- Notificar la presente Resolución a Intervención y Tesorería, y publicarla en la Sede electrónica y tablón de anuncios, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios que garanticen su máxima propagación.”

 

NOVENO.- Aplazamiento, hasta el 6 de Julio, del pago de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecácnica.

 

DÉCIMO.- Creación de un fondo de contingencia para cubrir necesidades de los ciudadanos, tanto de los vecinos y vecinas más vulnerables, como de los negocios locales afectados por el cierre.

20200407_Publicación_Anuncio Decreto medidas tributarias

Bando apertura de comercios en días festivos

  • El ayuntamiento de Blanca a través del alcalde del municipio, Pedro Luis Molina, hace saber que los comercios y/o establecimientos de primera necesidad que permanecen abiertos durante el estado de alarma provocados por el COVID-19, debido a los días declarados festivos locales y nacionales en el calendario laboral, tendrán el horario de apertura para las próximas semanas de la siguiente manera:

 

  • Viernes de Dolores, 3 de abril: se abre medio día.
  • Jueves Santo, 9 de abril: se abre medio día.
  • Viernes Santo, 10 de abril: cerrado todo el día.
  • Sábado de Gloria, 11 de abril: abierto todo el día.
  • Viernes de Romería, 17 de abril: cerrado todo el día.

 

20200401_Publicación_Bando apertura de comercios en días festivos

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