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Avisos de Interés General

El Alcalde de Blanca se reúne con los representantes de la hostelería y restauración del municipio

El alcalde de Blanca, Pedro Luis Molina, la concejal de Comercio, Ana Belén López, y la técnico de medio ambiente se han reunido, en el día de hoy, con representantes de  los restaurantes, bares y pubs de Blanca para comunicarles las medidas tributarias tomadas por el consistorio y trasladarles el plan de reapertura de las terrazas de los establecimientos de restauración y hostelería de nuestro municipio de cara a la nueva normalidad.

Una de las medidas anunciadas será la ampliación de las terrazas, en función de lo que permita la Ordenanza Municipal, para que puedan mantener la misma capacidad de mesas y sillas que hasta el momento del cierre por la crisis sanitaria del virus COVID-19. Además, se han expuesto las sugerencias de los hosteleros para buscar el lanzamiento de nuevas medidas económicas para ayudar a la reactivación de los locales.

“Quiero mostrar mi compromiso a través de las medidas fiscales y de otro tipo de ayudas que se irán adoptando para contribuir a que la hostelería y restauración de Blanca pueda recupera la actividad lo antes posible”, afirmaba Pedro Luis Molina al término del encuentro.

Apertura de los espacios naturales y zonas verdes del parque de Las Cuevas y playas fluviales del Azud de Ojós

Pedro Luis Molina Cano, Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Blanca.

Hago saber:

Que ante la evolución de la actual situación sanitaria por coronavirus en toda España, el Ayuntamiento de Blanca comunica la apertura de los espacios naturales y zonas verdes del parque de Las Cuevas y las playas fluviales del Azud de Ojós para su uso, según la Orden SND 370/2020 que establece el modo en el que los niños y niñas menores de 14 años pueden realizar desplazamientos fuera de su domicilio, durante 1 hora, entre las 9 y las 21 horas, y en una distancia máxima de 1 kilómetro de sus domicilios.

Recuerde la importancia de guardar la distancia social (distancia mínima 2 metros), porque está en juego su salud y la de todos, por lo que pedimos el cumplimiento de las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Está prohibido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas y de esparcimiento señalizadas por la Policía Local de Blanca.

Blanca, 26 de abril de 2020.

Pedro Luis Molina Cano, Alcalde de Blanca.

La tradicional romería en honor a nuestro patrón san Roque se celebrará el próximo 4 de septiembre

El Ayuntamiento de Blanca solicita el traslado del festivo del 17 de abril al 4 de septiembre para celebrar la Romería de san Roque.

El Ayuntamiento de Blanca solicita a la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar la modificación del festivo local en el municipio de Blanca del 17 de abril de 2020, aprobado por Resolución de 7 de junio de 2019, por la que el titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social publica el calendario de fiestas laborales para el año 2020, fijándolo el día 4 de septiembre de 2020.

El festivo local en el que se celebra la Romería de san Roque, el 17 de abril, coincide con el periodo de prórroga del Estado de Alarma, lo que impide a la ciudadanía poder disfrutar de dicha festividad conforme a sus tradiciones locales y, considerando, de otro lado, la necesidad en la prestación de los servicios mínimos del Ayuntamiento de Blanca que se reputa indispensable para afrontar la actual situación en las debidas condiciones de seguridad dada la gravedad de la misma.

Los comercios y/o establecimiento de primera necesidad que permanezcan abiertos durante el estado de alarma provocado por el COVID-19, abrirán durante todo el día del 17 de abril y trasladarán su cierre por festivo local al 4 de septiembre de 2020.

Los actos de la Romería de San Roque y el tradicional Bando con ofrenda de flores y frutos a san Roque pasarán a celebrarse los días 4 y 5 de septiembre, respectivamente.

20200413_DECRETO 2020-0253 [DECRETO MODIFICACIÓN DÍA FIESTA LOCAL]

Nuevas medidas tributarias para empresas, autónomos y vecinos

De conformidad con los establecido en la Disposición adicional 3ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria por el COVID-19 y las competencias atribuidas a la Alcaldía en virtud del Art.21 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y demás normativa concordante, RESUELVO:

PRIMERO.- Acordar la suspensión temporal de la anualidad de las siguientes ocupaciones por haberse interrumpido la actividad:
Tasa 2.10- Art. 7º2 Ocupación de terrenos de uso público con terrazas con mesas y sillas con finalidad lucrativa.

 

SEGUNDO.- Acordar la suspensión temporal del 1º y 2º trimestre de las siguientes ocupaciones por haberse interrumpido la actividad:
Tasa 2.17 Ocupación de puestos y demás dominio público en el Mercado Semanal.

 

TERCERO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie el servicio, de la presentación de autoliquidaciones y cobro de las siguientes prestaciones de servicios por no haberse producido el hecho imponible.
Tasa 2.12 Prestación del servicio del punto de atención a la infancia y escuela infantil.

 

CUARTO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie el servicio de la presentación de autoliquidaciones y cobro de las siguientes prestaciones de servicios por no haberse producido el hecho imponible.
Precio público 3.7 Por prestación del servicio instalaciones deportivas.

 

QUINTO.- Acordar la modificación temporal del 2º y 3º bimestre de las tarifas recogidas en el art. 14º. 2 por prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos comerciales, y en su caso, la aplicación del art. 7º 2.2 de locales comerciales inactivos, a las actividades económicas afectadas por la suspensión de la apertura al público de los locales.
Tasa 2.5 Prestación servicio de gestión de residuos municipales.

 

SEXTO.- Acordar la suspensión temporal del 1º y 2º trimestre o hasta que no se reinicie el servicio, de la contraprestación por las concesiones afectadas por la suspensión de las actividades de hostelería y restauración, y en concreto:
Explotación Cafeteria-Bar Edificio MUCAB.
Explotación Bar del Hogar del Pensionista.
Explotación Cantina Parque Municipal.

 

SÉPTIMO.- Acordar la suspensión temporal desde la declaración del estado de alarma y hasta que no se reinicie la actividad del cobro del canon por la utilización de los servicios del Vivero de Empresas de titularidad municipal.

 

OCTAVO.- Notificar la presente Resolución a Intervención y Tesorería, y publicarla en la Sede electrónica y tablón de anuncios, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios que garanticen su máxima propagación.”

 

NOVENO.- Aplazamiento, hasta el 6 de Julio, del pago de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecácnica.

 

DÉCIMO.- Creación de un fondo de contingencia para cubrir necesidades de los ciudadanos, tanto de los vecinos y vecinas más vulnerables, como de los negocios locales afectados por el cierre.

20200407_Publicación_Anuncio Decreto medidas tributarias

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